3. Los agricultores jóvenes o asalariados agrarios podrán aminorar el rendimiento neto de módulos correspondiente a su actividad agraria en un 25 por ciento durante los períodos impositivos cerrados durante los cinco primaveras siguientes a su primera instalación como titulares de una explotación prioritaria, realizada al amparo de lo previsto https://equiposparaspa.com/equipos-de-depilacion/