Este artículo establece que sólo tienen validez los carnets de otros países que estén expedidos de acuerdo al Convenio Internacional de Ginebra; los redactados en castellano o que vengan con una traducción oficial expedida por los cónsules de España en el extranjero; los internacionales expedidos en el extranjero de acuerdo https://jeffreypurac.ambien-blog.com/40141400/licencia-de-conducir-versión-española-can-be-fun-for-anyone